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Test autodiagnóstico
Trámite 10 a 49 emplados
Trámite 3 a 9 empleados
Trámite 0 a 2 empleados
Si necesita ayuda en durante el proceso, no dude en ponerse en contacto con nosotros, en el teléfono 679 055 022 o en el correo luis@elion-shop.com y le ayudaremos a obtener su Bono Kit Digital paso por paso.
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Esta primera ronda de ayudas está destinada a los autónomos y empresas más pequeñas. El Gobierno las ha separado en tres categorías.
Los autónomos se rigen por el mismo baremo. «Las personas en situación de autoempleo se consideran incluidos en todos los segmentos, en función del número de trabajadores que tenga contratados», detalla el plan.
No podrán acogerse al Kit Digital las empresas que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Tampoco aquellas que superen el límite de ayudas minimis, fijado en 200.000 euros durante los últimos tres ejercicios.
Acelera pyme es el portal oficial a través del que se tramitarán todas las ayudas del plan. Será el lugar para solicitarlas y también para contratar a las compañías que presten los servicios de digitalización. Además de la plataforma de solicitud, Acelera pyme incluye ya un «test de autodiagnóstico» para conocer el «Nivel de Madurez Digital» de la empresa, que será necesario presentar en la solicitud.
La única forma de reclamar las subvenciones del Kit Digital será por vía telemática en esta página web; no existirá la opción de presentar la documentación ante la Administración en formato físico.
El coste total de los servicios contratados no podrá exceder la cuantía del bono concedido.
«Las ayudas se concederán por orden de solicitud, aplicándose el régimen de concurrencia no competitiva», explica el marco de condiciones del Ministerio de Asuntos Económicos. Este será el único criterio para acceder a ellas si se cumplen los requisitos de la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será al menos de tres meses desde la publicación de la convocatoria, o hasta que se agote el presupuesto.
El BOE especifica algunos conceptos excluidos del programa del Kit Digital, como por ejemplo impuestos, elementos de hardware o el gasto de la conexión a Internet. La lista completa es la siguiente:
- Impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local.
- Los intereses de las deudas.
- Los intereses de demora, los recargos y las sanciones administrativas y penales.
- Los gastos derivados de procedimientos judiciales.
- Gastos financieros.
- Gastos de infraestructura y obra civil.
- Terrenos.
- Hardware.
- Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet.
- Los gastos relativos a la compensación por labores prestadas por terceros para la obtención de las presentes ayudas (gastos por prestación de servicios de asesoría, gestoría o similar)